Ser intérprete de lengua de signos en educación primaria y secundaria obligatoria: el caso de la Comunidad Valenciana
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Una de las consecuencias del reconocimiento de la lengua de signos española y las medidas establecidas por las Administraciones educativas en materia de inclusión educativa es la presencia de intérpretes de lengua de signos en las aulas para la atención del alumnado sordo. Esta investigación se centra en los primeros niveles educativos y en la comunicación intercultural de ese alumnado, perteneciente a una minoría cultural y lingüística con identidad propia, que muchas veces el equipo docente, perteneciente a la mayoría oyente, desconoce. Por ese desconocimiento, es frecuente que la intérprete sea la única que, en las múltiples interacciones que se suceden diariamente, detecta las necesidades académicas o de otra índole del alumnado sordo en edades tempranas. En esos momentos, la toma de decisiones de la intérprete debe resolver conflictos entre las necesidades de la comunidad minorizada y sus propias funciones, recogidas en el código de conducta profesional, siendo en este caso el asumido por la Federación Española de Intérpretes de Lengua de Signos y Guías-Intérpretes. Este trabajo detalla las tareas que realiza el personal de interpretación en lengua de signos española en centros de educación infantil y primaria y de secundaria obligatoria, las que se les demandan y las que observan como necesarias y que deciden ejecutar o no en atención a sus obligaciones profesionales. Los datos proceden de un cuestionario autoadministrado realizado por intérpretes de lengua de signos que trabajan o han trabajado para la Administración pública de la Comunidad Valenciana para el ejercicio de su labor en centros de educación infantil y primaria y de secundaria obligatoria. Con las respuestas obtenidas se ha comprobado que se solicitan ciertas tareas a las intérpretes que no le son propias, como, por ejemplo, ser ayudante del profesorado, editar material audiovisual o mediar en malentendidos.
