Riesgos ergonómicos y psicosociales en el colectivo de intérpretes de lengua de signos y guías-intérpretes
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La Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, define persona intérprete de lengua de signos (ILS) como aquel profesional que interpreta y traduce la información de la lengua de signos a la lengua oral y escrita y viceversa, con el fin de asegurar la comunicación entre las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, que sean usuarias de esta lengua, y su entorno social. También define guíaintérprete como aquel profesional que desempeña la función de intérprete y guía de la persona sordociega, realizando las adaptaciones necesarias, sirviéndole de nexo con el entorno y facilitando su participación en igualdad de condiciones. Ambas figuras se encuentran ligadas, de manera que se podría decir que la guía-interpretación es una especialización de la interpretación de lengua de signos enfocada al trabajo con el colectivo de personas sordociegas. Es esta una ocupación que se dedica a prestar servicios humanos, donde el foco de atención habitualmente se pone en el servicio a realizar, siendo fundamental considerar las condiciones organizativas que permitan garantizar la seguridad y salud del colectivo (Woodcock y Fischer, 2008). Los resultados de las investigaciones destacan la necesidad de elaborar un documento que aborde de manera rigurosa los principales riesgos ergonómicos y psicosociales a los que están expuestos los integrantes del colectivo de ILS y guías-intérpretes, junto con las medidas preventivas aplicables. Esta herramienta es especialmente relevante, considerando que, según el Rochester Institute of Technology (2008), esta profesión se encuentra entre las que presentan mayores niveles de riesgos ergonómicos, lo que hace indispensable contar con recursos que permitan garantizar su seguridad y salud.
