9J Elecciones europeas: guía sobre accesibilidad

Autor/a: Ministerio del Interior
Año: 2024
Editorial: Gobierno de España
Tipo de código: Copyright
Soporte: Digital

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Medios de comunicación y acceso a la información » Accesibilidad

Detalles

Toda persona podrá ejercer su derecho de sufragio activo, consciente, libre y voluntariamente, cualquiera que sea su forma de comunicarlo y con los medios de apoyo que requiera (artículo 3.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General).

La Administración debe velar por el respeto al derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad en el acceso a los Locales y a las Mesas electorales, y por su no discriminación (artículo 2 del Reglamento sobre las condiciones básicas para la participación de las personas con discapacidad en la vida política y en los procesos electorales).

La accesibilidad de los procesos electorales tiene dos vertientes: accesibilidad para las personas que acuden al Local electoral a votar y accesibilidad para las personas designadas para formar parte de las Mesas electorales.

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