Directrices para lograr el reconocimiento de los derechos de las personas sordas a la lengua de señas
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Las personas sordas de todo el mundo se han enfrentado históricamente y siguen enfrentándose a situaciones de discriminación en el uso de sus lenguas de señas nacionales. Estas situaciones de discriminación se producen de forma sistemática y frecuente en diversos momentos de su vida cotidiana al no tener un acceso igualitario y en tiempo real a la información y la comunicación. Uno de los ámbitos más afectados es la educación. Los niños sordos corren el riesgo de verse privados del lenguaje debido a la falta de una educación de calidad en su lengua de señas nacional. La FMS considera que se trata de una grave violación de los derechos humanos. La pandemia de COVID-19 ha puesto de manifiesto las dificultades que enfrentan las personas sordas al intentar acceder a servicios confiables y a información crucial para preservar sus vidas mediante el uso de sus lenguas de señas nacionales. Esta falta de acceso ha tenido consecuencias perjudiciales en la vida de las personas sordas en diversas partes del mundo, derivada de la falta de conciencia de parte de las autoridades públicas acerca de los derechos fundamentales de estas personas para recibir y difundir información en sus lenguas de señas nacionales. El derecho a utilizar la lengua nacional propia, incluida la lengua de señas nacional, es un principio reconocido en los marcos internacionales de derechos humanos. Este reconocimiento debe traducirse y aplicarse a escala nacional, regional y local. En consecuencia, la XVIII Asamblea General de la FMS en 2019 adoptó su Dirección Estratégica 2020- 2030 y la Carta de la FMS para los Derechos a la Lengua de Señas en la que pidió un mayor reconocimiento legal de las lenguas de señas nacionales. Con este conjunto de herramientas, la FMS afirma su compromiso de apoyar a sus miembros ordinarios y a las organizaciones dirigidas por personas sordas en general, con los recursos y herramientas necesarios para fortalecer sus esfuerzos a fin de lograr un reconocimiento legal significativo y adecuado de sus lenguas de señas nacionales. Asimismo, proveer datos actualizados para garantizar que se pongan en marcha políticas nacionales que apliquen estos derechos lingüísticos a utilizar sus lenguas de señas nacionales en todos los ámbitos de la vida.